¿Vacían sus cuentas? Lo que cambia para los monotributistas que se adheran al blanqueo

September 11, 2024

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó una resolución que aclara nuevos aspectos del blanqueo y que tiene un impacto directo en los monotributistas.

La Resolución General 5561/2024 establece que la adhesión de los monotributistas al blanqueo no implica su exclusión o recategorización en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes (RS).

La norma establece que la tenencia declarada voluntariamente en el marco del régimen no debe ser tenida en cuenta como antecedente para la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente declarante respecto de los períodos anteriores a la declaración.

Además, la resolución establece requisitos para acreditar la titularidad y valuación de las obras y mejoras en inmuebles, así como para la regularización de bienes de cambio y otros bienes.

Para las obras y mejoras en inmuebles, se requiere la presentación de la escritura traslativa de dominio o, en su defecto, un boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar con certificación notarial, siempre que se haya entregado la posesión antes del 31 de diciembre de 2023.

También se requiere presentar una boleta o reflejo de pantalla o constancia web emitida por las administraciones tributarias correspondientes, de la que surja la valuación fiscal a los efectos del pago del impuesto inmobiliario o tributos similares.

Para acreditar la valuación de las obras y mejoras se deben adjuntar facturas o documentos equivalentes que respalden las inversiones realizadas y/o informe técnico de un profesional que certifique la valorización de las mejoras y/o certificado de avance de obra y/o contrato de locación de obra.

Por otro lado, la titularidad de los bienes de cambio se acreditará mediante factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, contratos relacionados con la adquisición de los bienes o cualquier otro medio fehaciente que demuestre la titularidad, con detalles que incluyan la descripción y cantidad de los bienes.

La valuación se acreditará mediante la documentación mencionada anteriormente y otros documentos, como pólizas de seguro que contengan la valuación de los bienes, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado y/o valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores.

Desde la AFIP señalaron que estas modificaciones buscan optimizar la operatividad del régimen y ofrecer mayor claridad a los contribuyentes interesados en regularizar sus activos.

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